“Si la declaración del impuesto a la renta se presenta fuera del plazo indicado por la DIAN, deberán aplicarse la sanción de extemporaneidad, la cual equivalen al 5%, del impuesto a cargo, por mes o fracción de mes de retardo, de tal manera que para una declaración que genere un impuesto cargo por ejemplo de 30 millones de pesos la sanción será de $1.500.000, por mes o fracción, más los intereses de mora entre la fecha de vencimiento y su presentación. Por tanto, es necesario prevenir esta situación”.
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