Si coloco propiedades a nombre de mis hijos que superen el monto, ¿ellos deben declarar?

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“Cuando un contribuyente decide incluir a uno de sus hijos en alguna propiedad, a manera de ejemplo, como en la adquisición de una casa, un apartamento, una bodega, un vehículo, y si dicha transacción supera el monto de las compras o adquisiciones por 1400 UVT, este quedará en la obligación de presentar la declaración de renta; de igual manera, se adquiere dicha responsabilidad, si por ejemplo, participa como socio en la constitución de una sociedad, y superar el tope antes indicado”.

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